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RESUELVE ITAIPUE PROYECTO DE VERIFICACIÓN DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

Durante la 15ª Sesión Ordinaria de Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (ITAIPUE), encabezada por el Comisionado Francisco Javier García Blanco y la Comisionada Propietaria Laura Marcela Carcaño Ruiz, fueron resueltos 14 recursos de revisión, 13 denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia y 1 proyecto de verificación de tratamiento de datos personales.

En ese sentido, respecto al proyecto de verificación de tratamiento de datos personales, se advirtió que el ayuntamiento de Cuautlancingo había implementado una aplicación para el ejercicio de derechos ARCO, la cual infería una posible vulneración a la Ley en la materia, por lo que el Pleno aprobó iniciar investigaciones con el objeto de allegarse de información sobre el funcionamiento de la misma. Como resultado, se constató la conculcación a los principios de licitud, finalidad, lealtad, información, consentimiento, supresión y temporalidad, deber de seguridad y omisión de presentar una evaluación de impacto; por tal motivo, dicho ayuntamiento deberá realizar las medidas correctivas al tratamiento de datos personales.

Conforme a los recursos de revisión, fue revocado el acto impugnado en el expediente RR-0057/2021 para efecto de que el ayuntamiento de Hueyapan, otorgue repuesta a la solicitud hecha por el particular, cumpliendo con lo establecido en el artículo 167 de la ley en la materia; así mismo, se ordenó dar vista a su Contraloría.

Fue revocado el acto impugnado en el RR-0097/2021 para efecto de que la Corporación Auxiliar de Policía de Protección Ciudadana declare su incompetencia para atender la solicitud, debiendo citar los fundamentos y motivos legales aplicables y orientando al recurrente para acudir ante el sujeto obligado competente.

Se confirmó la respuesta en el RR-0094/2021 y fueron sobreseídos los recursos marcados con los expedientes RR-101/2020, RR-138/2020, RR-0303/2020, RR-0322/2020 BIS, RR-0503/2020, RR-0048/2021, RR-0072/20201, RR-0139/2021, RR-0161/2021, RR-0179/2021, así como RR-0209/2021.

Relativo a las denuncias, en la DOT-116/AYTO FRANCISCO Z. MENA-04/2020 y su acumulado, interpuesta al ayuntamiento de Francisco Z. Mena, los Comisionados se pronunciaron por declararla fundada; así también, se ordenó dar vista a su Contraloría.

En la DOT-438/SMT-01/2020 y sus acumulados, interpuestas a la Secretaría de Movilidad y Transporte, el pleno determinó declarar improcedente la DOT-440/SMT-03/2020 y fundadas las DOT-438/SMT-01/2020 y DOT-439/SMT-02/2020.

Se declaró fundada la DOT-608/AYTO FRANCISCO Z. MENA-07/2020 y sus acumulados, interpuesta al ayuntamiento de Francisco Z. Mena; de igual forma, los Comisionados determinaron declarar fundada la DOT-809/AYTO CHALCHICOMULA DE SESMA-02/2021, interpuesta al ayuntamiento de Chalchicomula por el incumplimiento a la obligación en el artículo 77, fracción XLV, de la ley en la materia, referente al catálogo de disposición y guía de archivo documental, instrumentos archivísticos y documentales, de conformidad con lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables, y respecto a la interpuesta al Ayuntamiento de Yaonáhuac con número de expediente DOT-832/AYTO YAONÁHUAC-01/2021, el pleno la declaró fundada.

Fueron sobreseídas las denuncias DOT-389/SA-03/2020, DOT-565/IEDEP-04/2020 y la DOT-820/TEEP-03/2021, y fueron declaradas infundadas las denuncias DOT-576/EE-03/2020, DOT-31/PRI-01/2021, DOT-280/ST-05/2021 y sus acumulados, DOT-380/SC-53/2021 y sus acumulados, así como la DOT-849/AYTO TLACOTEPEC DE BENITO JUÁREZ-02/2021.

Finalmente, fue aprobado el documento “Guía Entrega – Recepción para los Ayuntamientos” en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales.

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