- Que establece los lineamientos para llevar a cabo la verificación diagnóstica y la atención a la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia.
En el marco de la Tercera Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia (SNT), el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (ITAIPUE), integrado por los Comisionados Gabriela Sierra Palacios, Marcela Carcaño Ruiz y Carlos Loeschmann Moreno, se pronunció en contra de la aprobación del acuerdo mediante el cual se aprobaron las Directrices para realizar la Verificación Diagnóstica de las Obligaciones que deben de Difundir los Sujetos Obligados en los Portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), así como la Atención a la Denuncia por su Incumplimiento.
Al solicitar la palabra, Gabriela Sierra Palacios mencionó que los Comisionados de Puebla son respetuosos de lo que mandata la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la normatividad que de ella emana, que es de todos sabido, debe ser acorde a la misma. Sobre el presente, uno de los mecanismos legales para verificar el cumplimiento de las obligaciones inherentes al derecho humano al acceso a la información, lo constituye la denuncia ciudadana por incumplimiento a las propias obligaciones de transparencia.
En este sentido, sentenció que el Pleno del ITAIPUE no comparte los tiempos sugeridos en el Acuerdo, ni el quitarle efectos vinculatorios a la figura en comento, pues de aceptarse se estaría pasando por alto la obligatoriedad de los mandados que respecto de los derechos humanos, consagra la misma Constitución Política Mexicana.
“Nos pronunciamos en contra de la aprobación del Acuerdo, en la inteligencia de que los titulares de los derechos fundamentales consagrados en nuestra Carta Magna y en diversos Tratados Internacionales, esperan a partir de este 5 de mayo un respeto irrestricto a su derecho a la información, no así la sola detección de áreas de oportunidad y ejercicios diagnósticos, como se pretende”, enfatizó Sierra Palacios.
Cabe destacar que el Acuerdo, el cual entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, fue aprobado en lo general con 32 votos y 2 en contra de los órganos garantes de Puebla y Morelos.
Dicho Acuerdo avala que los organismos garantes realizarán una primera verificación de carácter diagnóstica bajo la normatividad que ellos mismos determinen, la cual no tendrá, para los sujetos obligados, efectos vinculantes con lo establecido en el artículo 88 del Capítulo VI de la Ley General. Esta verificación se integra de dos fases: la primera se realizará del 8 de mayo al 14 de agosto del presente, para detectar áreas de oportunidad de cada sujeto obligado, así como para realizar posibles ajustes y modificaciones a los Lineamientos generales y los criterios respectivos por parte del SNT. En una segunda fase, que se efectuará del 15 de agosto al último día hábil de 2017 de cada organismo garante, las revisiones a los portales tendrán como propósito dar seguimiento a la atención de las recomendaciones emitidas en la primera fase y al cumplimiento de las obligaciones de transparencia.
Entre las acciones generales que los organismos garantes deberán realizar en este proceso están las siguientes: Memorias técnicas, Identificación de cumplimientos y Formulación de observaciones.
Una vez concluida la primera fase de la verificación diagnóstica, cada organismo garante del país remitirá a la Presidencia del Consejo Nacional del SNT, durante el periodo comprendido del 15 al 21 de agosto del presente, un sólo documento en donde formulen propuestas de ajustes a los Lineamientos Técnicos basados en los resultados y observaciones de los sujetos obligados de su entidad o ámbito de actuación, el cual deberá reflejar la posición adoptada por cada Pleno.
Respecto a la atención a la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, los organismos garantes desarrollarán las normativas complementarias que les corresponda para regular los procedimientos de verificación y vigilancia del cumplimiento de obligaciones, así como de denuncia, a partir del 5 de mayo.
Las denuncias que se presenten por los particulares entre el 5 de mayo y el último día hábil del presente de cada organismo garante, y que cumplan con lo establecido en los artículos 91 y 92 de la referida Ley, se admitirán y acumularán para formar parte de la verificación diagnóstica. Lo anterior sin detrimento de lo que puedan acordar adicionalmente los órganos garantes de las entidades federativas, en cumplimiento a las legislaciones locales. Las denuncias que se presenten posteriormente a que concluya la segunda fase de la verificación diagnóstico y a partir del primer día hábil siguiente de acuerdo al calendario de cada organismo garante, surtirán todos sus efectos vinculantes y serán tramitadas conforme a la Ley General y demás normativa aplicable.
Finalmente, durante su intervención Ximena Puente de la Mora, en su carácter de Presidenta del Consejo Nacional del SNT sentenció que a la fecha se cuentan con 45 millones de registros en la Plataforma Nacional de Transparencia, lo que representan 500 millones de datos.