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Congreso Puebla avala Ley 3 de 3 enviada por la Cámara de Senadores, no podrán ser candidatas a cargos de elección popular personas que tengan sentencias por violencia, deudores alimenticios, entre otras.

-Las y los diputados avalaron el dictamen por el que se reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

-La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales dio respuesta a diversos oficios y aprobó dejar sin materia una iniciativa

En sesión de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la LXI Legislatura del Congreso del Estado, las y los diputados avalaron el dictamen por el que se reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar un cargo, empleo o comisión del servicio público, a estas modificaciones se les conoce como Ley 3 de 3.

Con las reformas aprobadas por unanimidad, se estipula que no podrán ser candidatas a una elección popular, ni ser nombradas para empleo, cargo o comisión en el servicio público, las personas que tengan sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género; y por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

En su intervención, la diputada presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, Mónica Silva Ruiz celebró que Puebla sea de los primeros estados en aprobar las reformas, para que sean aplicables a toda la República Mexicana y quede claro que no se puede ejercer violencia contra las mujeres, ni ser deudor alimentario y no se tolerará que una persona sentenciada por violencia política en razón de género en contra de las mujeres ocupe un puesto de elección popular.

Durante la sesión de la Comisión, las y los diputados también aprobaron el dictamen mediante el cual se reforman los artículos 55 y 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de edad mínima para ocupar un cargo público.

La reforma al artículo 55 precisan que, para ser diputado se requiere tener 18 años cumplidos el día de la elección; mientras que la modificación al artículo 91 indica que, para

ser secretario de Estado se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y tener 25 años cumplidos.

Tras ser enviados por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y aprobados por la Comisión, los dictámenes se pondrán a consideración del Pleno del Congreso del Estado. Como parte de los transitorios, se estableció que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y las entidades federativas tendrán 180 días naturales para modificar sus Constituciones y demás legislación que sea necesaria.

COMISIÓN DE GOBERNACIÓN DA RESPUESTA A DIVERSOS OFICIOS

En otro momento de la sesión, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales dio respuesta a diferentes oficios de autoridades municipales, organismos autónomos y ciudadanos. De esta forma, se atendieron los documentos enviados por integrantes del Cabildo de Tianguismanalco, Tepanco de López, Juan N. Méndez, Acatlán, Quecholac, Izúcar de Matamoros, Tlahuapan, San Gabriel Chilac, Domingo Arenas, Tlaltenango y Chapulco.

Asimismo, los oficios del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación sección 23, del Comité Directivo de la Defensa de los Recursos Naturales y Fomento Agropecuario, así como habitantes de Juan C. Bonilla.

En los oficios se da vista al Congreso de diferentes resoluciones, licencias temporales y renuncias, se hace de conocimiento al Poder Legislativo de problemas por límites territoriales, se solicita el reconocimiento de localidades y se informa el nombramiento de funcionarios.

Tras la lectura de los oficios, el diputado Eduardo Alcántara Montiel detalló la diferencia de las responsabilidades administrativas y la revocación de mandato, pues el Congreso ha recibido varias solicitudes de intervención y el Poder Legislativo no es competente. Precisó que hay órganos facultados para atender las faltas administrativas, como los Órganos Internos de Control y la Sala Especializada del Tribunal de Justicia Administrativa.

Por otra parte, las y los miembros de la Comisión avalaron el acuerdo mediante el cual se deja sin materia y se archiva de manera definitiva la iniciativa por la que se expide la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Puebla y sus Municipios presentada el 4 de noviembre de 2019.

Durante su posicionamiento en asuntos generales, la diputada Mónica Silva Ruiz confió en que a la brevedad se inicien los trabajos relativos al análisis de las iniciativas para la Ley 3

de 3 en el Estado de Puebla. En tanto, el diputado Eduardo Alcántara agregó que el transitorio señala como plazo 180 días a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, pero es necesario avanzar en la dictaminación para que las reformas sean aplicables al proceso electoral 2024.

En la sesión de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales estuvieron presentes las y los diputados Mónica Silva Ruiz, Eduardo Alcántara Montiel, Eduardo Castillo López, Néstor Camarillo Medina, Laura Zapata Martínez y Jocelyn Olivares López.

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