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ASEGURA PROFEPA 19.039 M3 DE MADERA Y PONE A DISPOSICIÓN DEL MPF A DOS TRANSPORTISTAS, EN ZONA DE INFLUENCIA PARQUE NACIONAL PICO DE ORIZABA

  • En recorrido de vigilancia sistemática y en coordinación con la Policía Federal y Seguridad Pública Estatal, se puso a disposición del Ministerio Público Federal a dos personas por el transporte de 19.039 metros cúbicos de madera en rollo.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró más de 19 metros cúbicos de madera en rollo extraída presuntamente de la zona de influencia del Parque Nacional Pico de Orizaba, en Puebla. Fueron puestos a disposición del Ministerio Público de la Federación dos presuntos responsables de delitos ambientales.

En coordinación con personal de la Policía Federal y Seguridad Pública del Estado de Puebla, inspectores de la PROFEPA realizaron un recorrido de vigilancia sistemática en carreteras intermunicipales  con el propósito de detectar el aprovechamiento, acopio y transporte de materias primas forestales, sus productos y subproductos en los municipios de Chilchotla, La Fragua y Guadalupe Victoria, en Puebla.

Al circular a la altura del kilómetro 11+500 de la Carretera Guadalupe Victoria – La Fragua, municipio de Saltillo La Fragua, Puebla, se detuvo para inspección un camión pesado con placas del estado de Tlaxcala.

En la plataforma de la unidad se encontró un total de 76 piezas de madera en rollo correspondiente al género Pinus sp., con un volumen total de 19.039 m3 rollo.

Se solicitó a los transportistas la documentación con la cual acreditaran la legal procedencia de la madera, misma que no fue exhibida a los inspectores de PROFEPA.

Por lo anterior, los transportistas, el camión y la madera fueron puestos a disposición del Ministerio Público de la Federación, por constituirse como infracción del artículo 419 del Código Penal Federal, el cual establece que se impondrá pena privativa de la libertad de uno a nueve años de prisión y trescientos a tres mil días de multa “a quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable, o tierra procedente de suelos forestales en cantidades superiores a cuatro metros cúbicos”.

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