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APRUEBA PLENO DEL ITAIPUE SISTEMA ELECTRÓNICO INTRANET COMO MEDIO DE COMUNICACIÓN OFICIAL CON SUJETOS OBLIGADOS

 

  • Resuelve siete recursos de revisión y una denuncia de obligaciones de transparencia

En el marco de la primera Sesión Ordinaria del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado (ITAIPUE), encabezada por la Comisionada Presidenta, Marcela Carcaño Ruiz, y los Comisionados Propietarios, Gabriela Sierra Palacios, así como Carlos Loeschmann Moreno, se aprobó por unanimidad el establecimiento del sistema electrónico Intranet como medio de comunicación oficial del órgano garante con los sujetos obligados.

En este sentido, se determinó que el sistema electrónico Intranet de comunicación con sujetos obligados (ICSO) sea el canal por el que se realicen las notificaciones y/o comunicaciones correspondientes únicamente respecto al cumplimiento de las obligaciones de transparencia, procesos de verificación y denuncias contempladas en el capítulo V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado.

Asimismo, se hizo un exhorto para que los sujetos obligados que no han actualizado sus datos correspondientes en el Padrón, lo hagan a la brevedad para tener acceso al ICSO.

En la misma sesión se resolvieron 7 recursos de revisión en materia de acceso a la información pública, así como una denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia.

Al respecto, los comisionados determinaron en el recurso de revisión 330/PRESIDENCIA MPAL TOCHIMILCO-02/2018 revocar el acto impugnado para que el Municipio de Tochimilco proporcione la información solicitada y se acordó girar oficio al Honorable Congreso del Estado, a efecto de que aplique la medida de apremio impuesta al Presidente de dicho municipio, consistente en amonestación pública, por la omisión en que incurre ese Ayuntamiento, para la designación del Titular de la Unidad de Transparencia.

También en el recurso 334/PRESIDENCIA MPAL-TEZIUTLÁN-11/2018 se decidió revocar la respuesta otorgada, por lo que el Ayuntamiento de Teziutlán deberá entregar la información solicitada y notificarla por el medio indicado. Al mismo tiempo se determinó girar oficio al Contralor de dicho municipio para que imponga una amonestación pública al Titular de su Unidad de Transparencia, que se encontraba en funciones el día de la notificación, por no rendir el informe justificado en los plazos establecidos.

Cabe destacar que fueron sobreseídos los recursos de revisión marcados con los expedientes 382/SDS-03/2018, 393/PRESIDENCIA MPAL SAN ANDRÉS CHOLULA-21/2018 y 358/PRESIDENCIA MPAL TEHUACÁN-13/2018, en el cual además se determinó girar oficio al Contralor de Tehuacán para se imponga  amonestación pública a su titular de la Unidad de Transparencia por la rendición extemporánea de su informe justificado.

Finalmente, se confirmó la respuesta en los expedientes 390/SSA-04/2018 y en el  392/CGCYAD-02/2018, además que en lo referente a la denuncia DOT-540/SESEA-01/2018 el pleno determinó declararla infundada.

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