- Se aprueba el Programa Presupuestario 2020.
- Se aprueba el Informe de actividades 2019.
Durante la 24ª Sesión Ordinaria
de Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Estado (ITAIPUE), encabezada por la
Comisionada Presidenta, Marcela Carcaño Ruiz, y los Comisionados Propietarios,
Gabriela Sierra Palacios, así como Carlos Loeschmann Moreno, se resolvieron 24
recursos de revisión.
Durante dicha sesión se aprobaron
el Programa Presupuestario 2020, el Informe de Actividades 2019, el calendario
de sesiones ordinarias de pleno 2020 y el calendario de días inhábiles 2020.
De igual forma, se aprobó que los
sujetos obligados informen al Instituto su calendario oficial de labores al
cual estarán sujetos para el año 2020, indicando días inhábiles, festivos y
periodos vacacionales para el cómputo de días hábiles de las solicitudes de
información pública y solicitudes de derechos ARCO que les ingresen por medio
del Sistema INFOMEX o por otros medios. Siendo la fecha límite para la emisión
de sus respectivos calendarios el 31 de Enero del año 2020.
En cuanto a los expedientes, en
el RR-643/2019, presentado ante el Poder Judicial del Estado, se determinó
revocar el acto impugnado a efecto de que el sujeto obligado realice una nueva
búsqueda exhaustiva en la totalidad de sus áreas, con el fin de localizar
cualquier documento, listado u acta circunstanciada que contenga, la relación
de los expedientes y todo aquel semejante que haya sido emitido por los jueces
penales de los Distritos Judiciales de Teziutlán, Izúcar de Matamoros,
Huauchinango, Tehuacán y Tecamachalco, asimismo, produzca una nueva respuesta
en donde proporcione la expresión documental de las sentencias dictadas por los
juzgados penales del sistema tradicional en el periodo de 2005 a 2019.
Finalmente se propuso dar vista al Consejo de la Judicatura para que determine
iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa correspondiente.
Referente al expediente
RR-673/2019, hecho al ayuntamiento de Tehuacán, se determinó revocar el acto
impugnado para que dicho ayuntamiento atienda de nueva cuenta la solicitud de
acceso a la información de forma completa, fundada y motivada.
En el RR-693/2019, interpuesto a
la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transporte, en el que se requirió
información relacionada con el antecedente de los permisos o concesiones
reasignadas, así como el título de concesión de los ciudadanos que en el 2016 estaban
como beneficiarios; el pleno revocó a fin de que dicha secretaría proporcione
respuesta a las solicitudes de acceso a la información realizadas.
En el expediente RR-734 BIS/2019,
presentado ante el Comité Estatal de Participación Ciudadana del Sistema
Estatal Anticorrupción del Estado, se pidió en catorce de preguntas información
referente a que normas de carácter interno han aprobado, sus programas anuales
de trabajo, su informe anual de sus actividades, opiniones y propuestas
realizadas a la comisión ejecutiva sobre la política estatal e integrales,
entre otras; se determinó revocar el acto reclamado para que este de
contestación a lo informado.
Relativo al RR-739/2019, el pleno
determinó revocar a efecto de que el ayuntamiento de Amozoc de respuesta a la
solicitud realizada en la cual se pidió la nómina de pago del mes de junio que
contenga, nombres, puesto, remuneración mensual neta y bruta, así como la fecha
de ingreso.
Sobre el RR-745/2019 presentada
ante el Ayuntamiento de Chignahuapan, se
revocó el acto impugnado a efecto de que este produzca una nueva respuesta
fundada y motivada en donde atienda los puntos 1 y 2 se la solicitud realizada.
Referente al expediente
RR-747/2019, realizado ante el ayuntamiento de Xicotepec de Juárez, el pleno
revocó el acto impugnado para el efecto de que este proporcione respuesta
puntual y congruente a la solicitud de acceso a la información relacionada con
el pago de aguinaldo del presidente municipal, regidores y síndico.
En el RR-749/2019, el pleno
determinó revocar a efecto de que el H. Congreso del Estado haga una búsqueda
exhaustiva de la información relacionada con el Sistema Operador de Servicio de
Agua Potable y Alcantarillado del Municipio; en caso de localizarla entregarla
y de lo contrario, deberá pasar la situación al Comité de Transparencia para
que este realice la declaración de inexistencia de la misma.
En el expediente RR-777/2019, en
la cual se requirió en varias preguntas, información relacionada con el
programa de parquímetros del Ayuntamiento de Huauchinango, el pleno determinó
revocar la respuesta en referencia a las preguntas diez, once, doce y trece de
la solicitud, a efecto de que este proporcione la información solicitada de
forma completa.
Relativo al RR-799/2019, se
revocó el acto impugnado, por lo que la Benemérita Universidad Autónoma de
Puebla deberá atender de nueva cuenta la solicitud de información, realizando
una adecuada interpretación de lo requerido y de manera integral.
En el RR-930/2019, el pleno
determinó revocar el acto impugnado a efecto que el Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes Del Estado,
entregue copia simple de los sueldos y prestaciones del Director General,
Directores, Subdirectores, Jefes de Departamentos del sujeto obligado,
indicando el costo de reproducción de la
información solicitada.
Sobre el RR-910/2019, la ponencia
determinó revocar parcialmente el acto impugnado, para que la Secretaría de
Planeación y Finanzas proporcione la información requerida en los puntos 1 y 2
de la solicitud, relacionado con el monto que recibió el Gobernador Interino
del Estado por concepto de salario, así como de otro tipo de compensaciones o
apoyo, respondiendo únicamente respecto al mes de julio de 2019.
En cuanto al RR-811/2019,
realizado al ayuntamiento de Atoyatempan en el cual se pidió información acerca
de las áreas naturales protegidas de jurisdicción estatal; el pleno determinó
revocarlo, por lo que se deberá dar respuesta a la solicitud. De igual forma se
propuso dar vista a su contraloría.
Referente al expediente
RR-817/2019, interpuesto al ayuntamiento de Zacapala, en el cual se pidió
información acerca de las áreas naturales protegidas de jurisdicción estatal;
se determinó revocarlo por lo que se deberá dar respuesta a la solicitud. De
igual forma se propuso dar vista a su contraloría.
Relativo al RR-823/2019,
realizado al ayuntamiento de Chapulco, en el cual se solicitó información
acerca de las áreas naturales protegidas de jurisdicción estatal; el pleno
revocó el presente asunto por lo que se deberá dar respuesta a la solicitud. De
igual forma se propuso dar vista a su contraloría.
En el RR-829/2019 se revocó el
acto impugnado, por lo que el ayuntamiento de Hueytamalco deberá atender de
nueva cuenta la solicitud de información realizando una adecuada interpretación
de lo requerido, relacionado al medio de transporte del presidente municipal.
Finalmente, el pleno determinó
sobreseer los expedientes RR-757/2019, RR-780/2019, RR-795/2019, RR-809/2019,
RR-864/2019 y su acumulado RR-866/2019, RR-904/2019, RR-916/2019 y su acumulado
RR-917/2019 y el RR-983/2019.