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CLAUSURA PROFEPA PROYECTO “RECTIFICACIÓN DE LA BARRANCA LA MORA EN EL TRAMO MALACATEPEC- RÍO ATOYAC»

  • Inspecciona obras de rectificación del cauce y construcción de plantilla de concreto en piso, en un tramo de la Barranca la Mora, en el Municipio de Ocoyucan, Puebla.
  • Impone la Clausura Total Temporal de las obras y será retirada hasta que la empresa promovente, acredite contar con la autorización de Impacto Ambiental que otorga la SEMARNAT.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) impuso la Clausura Total Temporal al proyecto denominado “Rectificación de la Barranca La Mora en el tramo Malacatepec-Río Atoyac”, consistente en la rectificación del cauce y construcción de plantilla de concreto en el piso, en un tramo de la Barranca La Mora, en el municipio de Ocoyucan, Puebla.

Personal de PROFEPA en la entidad, realizó visita de inspección en materia de Impacto Ambiental y solicitó a la empresa responsable del proyecto exhibiera la autorización federal que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para el desarrollo de las obras y actividades inspeccionadas, como lo  establece la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y su Reglamento en la materia de Evaluación del Impacto Ambiental; sin embargo, la empresa no acreditó contar con la misma.

Por tal motivo y con el fin de evitar que se continuara generando un riesgo de daños a los ecosistemas y la salud pública, por la ejecución del citado proyecto, de conformidad con el artículo 170 fracción I de la LGEEPA, la PROFEPA impuso, como medida de seguridad, la Clausura Total Temporal colocando al efecto los sellos con las leyendas de Clausurado, en los bordos del margen de la barranca.

La clausura soló será retirada hasta que la empresa promovente exhiba la autorización de Impacto Ambiental para el proyecto que expide la SEMARNAT.

Cualquier obra o actividad que  esté contemplada en los artículos 28 de la LGEEPA y  5º de su Reglamento en materia de Evaluación del Impacto Ambiental, deberán previamente contar con una autorización de SEMARNAT, que tiene como fin establecer las condiciones a que se sujetará la realización de las obras y actividades de competencia federal, sin afectar el equilibrio ecológico y proteger, preservar y restaurar el medio ambiente y ecosistemas.

De acuerdo a lo establecido en la LGEEPA, la empresa responsable podría hacerse acreedora a una multa de 30 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización vigente.

Con acciones como ésta, la PROFEPA refrenda su compromiso de salvaguardar los recursos naturales, proteger la biodiversidad y revertir los procesos de deterioro del medio natural, así como procurar la justicia ambiental a través del estricto cumplimiento de la ley.

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